Diario Constitucional

Presunciones.

Presentan ante el Tercer Tribunal Ambiental un reclamo de ilegalidad contra resolución de la SMA que sancionó a empresa por realizar obras de edificación sin la debida calificación ambiental.

El reclamante alega que la SMA llega a las conclusiones que habilitarían su sanción, ya que razona principalmente sobre la base de presunciones fundadas en otros antecedentes que forman parte del proceso.

Por Redacción·17 de septiembre de 2020·3 min de lectura
Presentan ante el Tercer Tribunal Ambiental un reclamo de ilegalidad contra resolución de la SMA que sancionó a empresa por realizar obras de edificación sin la debida calificación ambiental.
Referencial

Se ha presentado ante el Tercer Tribunal Ambiental un reclamo de ilegalidad en contra de una resolución exenta de la SMA, mediante la cual declaró que el reclamante habría incurrido en la infracción establecida en el artículo 35 letra b) de la LO-SMA, aplicándole una sanción de 351 UTA, requiriéndole, además, ingresar el proyecto “Bahía de Panguipulli” al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

La empresa reclamante explica que la SMA sólo tuvo por acreditado la ejecución sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental de un proyecto de desarrollo urbano que contempla obras de edificación con destino habitacional, con una cantidad superior a 80 viviendas.

Luego, respecto del fondo, señala que la SMA formuló cargos y sancionó apartándose de los hechos efectivamente constatados durante el procedimiento administrativo, en tanto no es coincidencia que la SMA, deba recurrir permanentemente al recurso de las presunciones fundadas para intentar justificar su versión sobre el proyecto de mi representada, evitando ponderar pura y simplemente las circunstancias concretas y objetivas establecidas en las actas de inspección.

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