Concesión de fondo de mar.
Primer Tribunal Ambiental decreta medida cautelar por constante varazón de machas en demanda por daño ambiental en la instalación de cable de fibra óptica.
Los demandantes arguyen que no cabe duda alguna que en el sector donde se emplaza el proyecto, esto es, un banco de machas, ha generado un impacto ambiental y daños al medio ambiente especialmente a los recursos bentónicos del lugar, producto de la instalación del cable FOS 5G.

Nuevamente, el Primer Tribunal Ambiental ha decretado, de oficio, una nueva medida cautelar de carácter innovativa, en el marco de la demanda de daño ambiental por la instalación del cable de fibra óptica 5G de la empresa GTD Teleductos. Ello, debido a la constante varazón de machas y almejas en La Serena.
La demanda fue presentada por la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Peñuelas; la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caleta San Pedro y el Sindicato de Trabajadores Independientes Macheros y Otros de Coquimbo en contra de la empresa GTD Teleductos S.A. por el daño que habría producido la instalación de un cable de fibra óptica submarina 5G.
Además, en la demanda alegan, en síntesis, que el proyecto se encuentra ubicado en la playa El Lápiz en el sector norte de la desembocadura del Río Elqui, comuna de La Serena, en un Área de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos, AMERB, y que luego de la instalación del cable se han producido tres varazones de machas en el lugar.
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