Por unanimidad.
Segundo Tribunal Ambiental acogió parcialmente reclamación de Compañía Minera Casale y ordenó al Comité de Ministros pronunciarse nuevamente sobre el proyecto.
El Tribunal concluyó que el análisis del Comité de Ministros respecto de la aplicación de la normativa en relación al recurso hídrico careció de la debida motivación.

Por unanimidad, el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago acogió parcialmente la reclamación interpuesta por Compañía Minera Casale contra la resolución que modificó la RCA del proyecto de optimización de la faena minera.
La sentencia sostiene que “acoger parcialmente la reclamación de autos, por falta de motivación, anulándose en consecuencia la Resolución Exenta N° 532, de 8 de mayo de 2015, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, que llevo a efecto el Acuerdo N° 1, de 19 de enero de 2015, del Comité de Ministros. En razón de lo resuelto, el Comité de Ministros deberá dictar la resolución correspondiente dentro del plazo de 60 días contados desde la notificación de la presente sentencia”.
Cabe recordar que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto “Optimización proyecto minero Cerro Casale”, fue calificado favorablemente en 2013, tras lo cual se presentaron recursos de reclamación ante el Comité de Ministros, quienes al resolver estas controversias establecieron nuevas exigencias asociadas al recurso hídrico, modificando así la RCA del proyecto minero. La empresa reclamó ante el Tribunal Ambiental respecto de esta decisión.
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