Proyecto "Central Termoeléctrica de Ciclo Combinado los Rulos".
Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite reclamación contra resolución que calificó favorablemente proyecto de Central Termoeléctrica.
El área de influencia no estaría debidamente fundamentada y justificada, y no consideraría las reales interacciones espaciales del territorio.

El Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite la reclamación deducida por dos ciudadanos en contra de la Resolución Exenta N° 6, de fecha 9 de enero de 2018, dictada por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, en virtud de la cual se resolvió rechazar la solicitud de invalidación presentada en contra de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 78 de 2017 que calificó favorablemente el proyecto “Central Termoeléctrica de Ciclo Combinado Los Rulos”.
Cabe recordar que el proyecto corresponde a una Central de Ciclo Combinado operada con gas natural para la generación de energía eléctrica con capacidad máxima de 540 MW de potencia bruta, y considera en sus operaciones principalmente el uso de gas natural proveniente del terminal regasificador de GNL localizado en la zona de Quintero, Región de Valparaíso, o gas natural proveniente de Argentina.
Los reclamantes exponen que el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto carece de información relevante o esencial para la evaluación del mismo, de aquella que no puede ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, ya que de acuerdo al pronunciamiento del Seremi de Salud no cumple con las exigencias del artículo 12 de la Ley 19.300 en lo referente a la línea de base, la descripción pormenorizada de aquellos efectos, circunstancias y características del artículo 11 de la Ley 19.300 y la predicción y evaluación del impacto ambiental.
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