250 uta.
Segundo Tribunal Ambiental confirmó sanción que la SMA aplicó al MOP por infracciones a RCA de proyecto Embalse Ancoa.
El mencionado proyecto, consiste en la construcción de un embalse, se encuentra ubicado en la comuna de Linares, Región del Maule.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por el Ministerio de Obras Públicas (MOP) asociada a la multa de 250 Unidades Tributarias Anuales que le impuso previamente la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), a propósito del proyecto “Embalse Ancoa”. De esta forma, se confirmó la legalidad de la aplicación de dicha sanción.
Cabe señalar que el proyecto, que está ubicado en la comuna de Linares, Región del Maule, consiste en la construcción de un embalse con una cota de inundación de aguas máximas normales de 745 m.s.n.m. y de 750 m.s.n.m. como inundación de aguas máximas eventuales correspondientes a una crecida milenaria, con superficies de inundación aproximadas de 230 a 250 ha, respectivamente. Volumen de almacenamiento de agua de 80 m3.
En su sentencia, el Tribunal explicó que la SMA fundamentó debidamente su resolución, donde las alegaciones del MOP decían relación con la etapa en que se encontraba el proyecto y las exigencias derivadas de ella, así como la aplicación de cada una de las circunstancias del artículo 40 de su Ley Orgánica para determinar las sanciones.
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