Unos 936 millones de pesos.
Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en reclamación de EFE contra multa millonaria por fraccionamiento de proyecto Rancagua Express y ruidos molestos.
El proyecto Mejoramiento Integral forma parte de un “Master Plan” desarrollado por EFE, que busca potenciar el sistema ferroviario para el transporte de carga y de pasajeros, entre otros, contemplando para tales efectos siete iniciativas de modernización ferroviaria. Una de estas iniciativas es el proyecto “Rancagua Express”, que contempla tres subproyectos: “Mejoramiento Integral”, “Seguridad y Confinamiento” y “Renovación Flota Material Rodante”.

El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo audiencia en reclamación de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) asociada al procedimiento sancionatorio que concluyó con multa de 1.516 UTA (unos 936 millones de pesos) contra el proyecto Rancagua Express.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s), y Cristián López Montecinos, y la ministra Daniella Sfeir Pablo. Los alegatos fueron realizados por el abogado Javier Vergara Fischer, en representación de EFE, y las abogadas Estefani Sáez Cuevas, por la SMA, María González Jaraquemada, por José Ávila y otros, y Karla Vargas Arancibia, por Cecilia Binimelis, los dos últimos terceros coadyuvantes de la Superintendencia.
La empresa acudió al Tribunal luego que el ente fiscalizador rechazó el recurso de reposición que EFE presentó contra la resolución sancionatoria, que lo multó por dos infracciones ambientales. La primera, correspondiente a una infracción a la norma de ruido (D.S. N° 8/2011), con excedencias que van desde 1 dBA hasta los 26 dBA por sobre el máximo establecido. La segunda, correspondiente al fraccionamiento del proyecto “Rancagua Express”, al someter a evaluación ambiental solamente el subproyecto “Mejoramiento Integral”, sin haber sometido a evaluación ambiental el subproyecto “Seguridad y Confinamiento”, eludiendo así el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Por la primera infracción, EFE fue sancionado con 445 UTA, mientras que, por la segunda, se aplicó una multa de 1.071 UTA.
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