Declaración del Ministerio del Medio Ambiente se ajustó a derecho.
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación que buscaba modificar el área del humedal urbano Estero El Litre, en Quillota.
La sentencia concluyó que la declaratoria de humedal urbano realizada por el Ministerio del Medio Ambiente es legal, y que el derecho de propiedad o la actividad que desarrolla la empresa reclamante no son un impedimento para ello.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación de la Empresa de Transporte Ferroviario S.A. (Ferronor) que buscaba anular la resolución del Ministerio del Medio Ambiente que declaró el Humedal Urbano Estero El Litre y con ello modificar su polígono para excluir el área en que se emplaza la línea ferroviaria de su propiedad, ubicado en la provincia de Quillota.
La sentencia concluyó que la declaratoria de humedal urbano realizada por el Ministerio del Medio Ambiente es legal, y que el derecho de propiedad o la actividad que desarrolla la empresa reclamante no son un impedimento para ello.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s) y Cristián López Montecinos, así como por la ministra Daniella Sfeir Pablo. La sentencia fue redactada por la ministra Sfeir.
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