Por unanimidad.
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamaciones de Ecomaule contra medidas provisionales adoptadas por la SMA.
En cada una de las resoluciones reclamadas se acreditó el riesgo o daño inminente a la salud de las personas, en particular para los habitantes de la localidad de Camarico.

Por unanimidad, el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago rechazó las reclamaciones que Ecomaule S.A. dedujo en contra de las medidas provisionales ordenadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
Cabe recordar que el Tribunal autorizó a la SMA a adoptar medidas provisionales referentes al relleno sanitario, las que incluían la clausura temporal parcial de las instalaciones de la empresa, prohibiéndose el ingreso de lodos frescos al centro de tratamiento. Ecomaule reclamó contra las resoluciones que ordenaron estas medidas.
La sentencia del Tribunal sostiene que los antecedentes expuestos por la SMA en cada una de las resoluciones reclamadas, justificados con información entregada por la propia reclamante, analizada cuantitativa y cualitativamente, constituyen motivación suficiente de dichos actos administrativos, cumpliéndose de esta forma con la exigencia contemplada en los artículos 11, 16 y 41 de la Ley N° 19.880.
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