Artículos de Opinión

“Cada Paloma es libre de ser el hipopótamo que quiera”: algunas ideas para mejorar la protección de los derechos en una nueva Constitución.

Las ideas que a continuación se plantean, tienen su origen en la exposición preparada para el seminario organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, titulado “Ciclo anual de debate sobre la nueva Constitución”. La pregunta que nos convocó en aquella oportunidad fue: ¿Cómo garantizamos a nivel constitucional la vigencia de los […]

Las ideas que a continuación se plantean, tienen su origen en la exposición preparada para el seminario organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, titulado “Ciclo anual de debate sobre la nueva Constitución”. La pregunta que nos convocó en aquella oportunidad fue: ¿Cómo garantizamos a nivel constitucional la vigencia de los Derechos?
En dicha ocasión, nuestra propuesta se orientó más a sugerir transformaciones institucionales, que a proponer modificaciones procesales. Aunque no descartamos del todo aquella alternativa. Desde ese punto de partida, propusimos las siguientes ideas:

1. Procurar una adecuada combinación del Constitucionalismo de los Contrapoderes y el Constitucionalismo de los Derechos. En tal sentido, en el ámbito de las disposiciones referidas al Estado Social y Democrático de Derecho, las normas debieran –a nuestro juicio- tener una estructura más próxima a la de los principios y más lejana a las de las  reglas.  Y, en materia de orden público económico o constitución económica, más próxima a las reglas y menos a los principios.
2. Eludir la tentación por crear nuevos Derechos Fundamentales, especialmente en forma inorgánica. En su lugar, creo, se debiera acudir a la experiencia aportada por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, ya sea replicando sus modelos, o bien, dispensando valor constitucional a dichas disposiciones.
3. Asegurar una absoluta libertad de conciencia y religiosa, con la consecuente separación de las Iglesias y el Estado, de tal forma que las personas sean efectivamente inmunes a las dictaduras de la moral, que incluso  a veces son más peligrosas que las autocracias políticas.
4. Establecer órganos constitucionalmente autónomos especializados en defensa de Derechos Fundamentales. (Defensor del Pueblo Vgr.). Esta es una deuda histórica del constitucionalismo nacional.
5. Fundar un órgano constitucionalmente autónomo encargado de la formación de los jueces que aplicarán la nueva Constitución.
6. Sustituir el sistema de control concentrado de constitucionalidad, por un modelo difuso, que promueva una multiplicidad de interpretaciones, tanto del parámetro de validez (la Carta Fundamental)  como de las normas que eventualmente la contravengan. Un sistema como este, no promueve la falta de certeza jurídica, sino que permite a todos los aplicadores de la ley –los jueces– resolver los conflictos que deban conocer haciendo uso íntegro el ordenamiento jurídico.
7. Sistematizar –como han hecho otros países con sus Códigos Procesales Constitucionales- las acciones de protección de los derechos fundamentales.
8. Eliminar los quórums contra-mayoritarios para el desarrollo de las normas que contemplan derechos fundamentales. Si bien, pueden resultar necesarios mayores quórums para aprobar algunos tipos de leyes, aquellos no deben otorgar poder de veto a minorías. Lo anterior, desde luego, va de la mano con la modificación del sistema binominal.
9. Aumentar los estándares de representatividad en los órganos de elección popular y  disminuir la presencia de grupos de presión e interés en dichos órganos. Lo anterior dice relación directa con el rediseño de las unidades territoriales empleadas como base para la elección de representantes.
10. Establecer  tasas judiciales para litigios que envuelven intereses privados.
11. Contemplar obligatoriamente –como una dimensión del Derecho a la Educación- la impartición de asignaturas como “Educación para la Democracia”.
12. Evolucionar desde una enseñanza del Derecho concentrada en leyes y normas (enfocada en la defensa de intereses privados) y reemplazarla por  una profesión marcada por el fervor hacia la ética y la justica social.
13. Crear, con reconocimiento constitucional, entidades profesionales de asistencia jurídica gratuita para dejar de abandonar el derecho a defensa jurídica de las personas que no pueden pagar un abogado en manos de postulantes que realizan su práctica profesional en la Corporación de Asistencia Judicial  o en Clínicas Jurídicas de universidades.
14. Contemplar, en la propia Constitución, mecanismos de evaluación de impacto de las leyes y políticas públicas.
15. Establecer mecanismos expeditos de reforma constitucional que permitan que el contrato social fundamental dispense estabilidad, al mismo tiempo que evoluciona con la sociedad.

Seguramente numerosas ideas  quedaron en el tintero, mientras otras –las ya señaladas– pueden resultar inútiles e impracticables. Pero, como sabiamente escribió una vez José Ángel Valente: “Cada paloma es libre de ser el hipopótamo que quiera” y, por tanto, mientras tengamos la posibilidad de pensar en una nueva Constitución, podemos imaginar la Constitución que queramos.

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