Artículos de Opinión

Dos fallos internacionales históricos referente al Cambio Climático.

En una decisión inédita, la justicia consideró que Francia cometió una “falta” al no mantener sus compromisos en la lucha contra el efecto invernadero.

El 3 del presente mes de febrero, el Tribunal Administrativo de París decidió fallar en contra del Estado francés en lo que se conoce como ‘el caso del siglo’. En una decisión inédita, la justicia consideró que Francia cometió una “falta” al no mantener sus compromisos en la lucha contra el efecto invernadero. Fueron dos años de lucha que terminaron 3 de febrero  pdo. con una victoria histórica. El Tribunal Administrativo de París condenó al Estado galo por inacción climática. Es la primera vez que se da este tipo de decisión judicial, reconociendo así «la existencia de un perjuicio ecológico relacionado con el cambio climático.

En marzo de 2018, cuatro ONG defensoras del medio ambiente (Greenpeace, Oxfam, Notre affaire à nous y la Fundación Nicolas Hulot) demandaron al Estado francés por no tomar medidas «suficientemente fuertes y eficaces para luchar contra el cambio climático». La iniciativa contó con el apoyo de 2,3 millones de ciudadanos franceses, demostrando que la ciudadanía se interesa cada vez más en estos temas.

La abogada de la Fundación Nicolas Hulot, manifestó que la decisión del tribunal es «revolucionaria» puesto que reconoce la «responsabilidad del Estado» en la crisis climática y que considera su «inacción» como «ilegal». Las cuatro organizaciones consideran que, aunque Francia se comprometió en el marco del Acuerdo de París en 2015, a luchar contra el calentamiento global a través de varias leyes y a fijarse metas para reducir las emisiones de carbono (40 % menos para 2030), en realidad nunca respetó esos compromisos.

Por su parte, el Estado negó todas las acusaciones. A su favor mencionó la ley energía-clima de 2019 que «refuerza los objetivos climáticos», que son la neutralidad de carbono para 2050 y la disminución de los gases de efecto invernadero para 2030. Las evidencias contradijeron los argumentos del Estado galo. De hecho, en julio de 2020, el Alto Comisionado para el Clima (HCC), advirtió al gobierno en su Informe Anual, que la reducción de los gases de efecto invernadero no estaba siendo suficiente.

La presidenta del Consejo conformado por 13 expertos independientes, dijo al diario ‘Le Monde’ en julio pasado, que aunque ha habido una movilización de los poderes públicos, esta no se traduce en avances estructurales en cuanto al ritmo de disminución de las emisiones. Ahora el Estado francés tendrá que pagar un euro simbólico a las cuatro asociaciones por perjuicio moral. Sin embargo, lo importante según explicó la portavoz de la ONG, la Fundación Nicolas Hulot, es que la justicia dictaminó que hay un vínculo causal entre la inacción del Estado y el impacto del cambio climático en la sociedad. Además del fallo, el tribunal se da un tiempo de dos meses para determinar qué medidas ordenará al Estado para reparar el perjuicio causado o evitar que este se agrave. Con este plazo adicional, los magistrados dan tiempo a que el Consejo de Estado, la máxima autoridad administrativa del país, pueda pronunciarse sobre una demanda similar presentada por la localidad costera de Grande-Synthe, en el norte de Francia,  En su fallo, el tribunal administrativo condena de inmediato al Estado a pagar un euro en materia de “perjuicio moral” a cada una de las cuatro ONG que presentaron la demanda en marzo de 2019.

Otro fallo, no menos importante, es el dictado por la Corte Suprema holandesa, en 2019, que obliga al Estado a poner en práctica medidas para conseguir en 2020 (antes de acabar el año) una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (causantes del cambio climático) en un 25%, en relación a las emisiones registradas en 1990. La Corte consideró que “debe proteger al ciudadano del deterioro del entorno, y la lucha contra el cambio climático es un asunto de interés general” y acogió a la legislación europea sobre derechos humanos.

El caso fue una gran victoria para Urgenda, una ONG medioambiental que en 2015 sentó un precedente mundial al lograr que los jueces exigieran al Ejecutivo una rebaja, para 2020, del 25% de las emisiones de CO2 respecto a las de 1990. En 2018, el titular del Ministerio de Economía y Clima, recurrió al Tribunal Supremo, aduciendo que la salvaguarda del medio ambiente le competía al Parlamento y no a la Justicia. Cuatro años después perdió dicha instancia judicial por lo que se vio obligado a acatar el fallo.

El tribunal holandés subrayó que “cada país es responsable de la parte que le corresponde en la lucha contra el cambio del clima”. Y lo más importante, “con la Convención Europea de Derechos Humanos en la mano, esta corte ha comprobado que el Gobierno debe reducir el 25% de emisiones indicado, porque los peligros del clima pueden afectar el derecho a la vida de los habitantes de este país”

Según la Oficina Central de Estadística, Holanda produce hoy cerca de un 14% menos de gases de efecto invernadero que en 1990. El Acuerdo Nacional del Clima, presentado por el Gabinete holandés, señalaba un 49% de reducción de emisiones de CO2 para 2030, pero la Corte Suprema les exigió con su fallo ir más deprisa en la reducción de sus emisiones.

El “Caso del clima”, como se le conoce, comenzó en 2013 cuando Urgenda, hasta entonces una fundación centrada “en la transición hacia una economía circular usando solo energía renovable”, demandó al Gobierno apoyada por un millar de denunciantes. Era la primera vez en el mundo que un grupo de civiles esgrimía la legislación europea sobre derechos humanos para pedir que se contuviera la contaminación. En 2015, el juzgado de primera instancia de La Haya les dio la razón. Contra todo pronóstico, el fallo señalaba que las autoridades “tienen la obligación de proteger a la ciudadanía contra actividades industriales dañinas, porque de no hacerlo, la actual generación verá peligrar su vida y su vida familiar”.

El Tribunal concluye que el Estado no cumple con su deber de atención de conformidad con los Artículos 2 y 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos al no querer reducir las emisiones en al menos un 25% para fines de 2020. En su pronunciamiento ha tomado en consideración que, según la política actual propuesta, los Países Bajos, habrán reducido un 23% para 2020. Eso no está lejos del 25%, pero se aplica un margen de incertidumbre del 19-27%. Este margen de incertidumbre significa que existe una posibilidad real de que la reducción sea (sustancialmente) inferior al 25% y por ello considera que el mismo es inaceptable. Además, hay indicios claros de que las medidas actuales serán insuficientes para prevenir  los peligros potenciales del cambio climático. Así, a pesar de que el Estado tiene un margen de apreciación para la toma de medidas concretas, ello no es óbice para no buscar la consecución del objetivo de una reducción mínima del 25% en 2020. (Santiago, 4 marzo 2021)

 

 

 

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