En fallo unánime.
Caso Cascadas: Corte de Santiago fija en 75 mil UF multa a Julio Ponce Lerou.
Confirmó en lo demás, la resolución que sancionó al controlador de la empresa Soquimich y relacionadas por infracción a las normas de protección del interés societario de las compañías, aplicada por la autoridad fiscalizadora.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rebajó a 75.000 UF la multa aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros a Julio César Ponce Lerou, por operaciones irregulares en el denominado caso Cascadas.
La sentencia sostiene que a los fundamentos de la sentencia en alzada, cabe agregar que la resolución reclamada, luego de hacer referencia a los descargos entre otros de Julio Ponce Lerou, desde el punto VI.- página 297, en adelante procede a efectuar un análisis de las operaciones sociales, para concluir en el acápite 1609 letra a) de la Resolución que Ponce Lerou infringió los numerales 1 y 7 del artículo 42 de la Ley 18.046, en el Titulo XVI de la misma ley y en los incisos primero y segundo del artículo 53 de la Ley 18.045, todas normas orientadas a la protección del interés societario de las compañías, conducta en las que incurre como controlador y director de las sociedades Cascadas y controlador de las sociedades relacionadas o instrumentales.
La resolución añade que se indican hechos como que Ponce Lerou tiene responsabilidad en la venta de acciones de las sociedades Cascadas a sociedades relacionadas de su propiedad, a un precio que la Superintendencia de Valores y Seguros considera bajo el mercado, para luego aquellas, las sociedades relacionadas, revenderlas a las Cascadas a un precio superior, constituyendo con ello una estructura defraudatoria, utilizando diversas formas de adquisición y ventas, que culminaban con resultados reiteradamente positivos para las sociedades relacionadas y negativos para las Sociedades Cascadas, primando el interés del Sr. Ponce por sobre Cascadas.
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