Fallo unánime.
CS declaró admisible amparo deducido en favor de ciudadano dominicano que fue retenido por Carabineros con la excusa de practicarle un control de identidad.
El fallo concluyó revocando la sentencia impugnada y declaró que la acción de amparo es admisible.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución dictada por la Corte de Santiago que declaró inadmisible la acción de amparo deducida en favor de un ciudadano dominicano, por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, contra el Director General de Carabineros, por vulnerar el derecho a la libertad personal del amparado al retenerlo, funcionarios de Carabineros, con la excusa practicarle un control de identidad donde fue amedrentado psicológicamente y víctima de violencia física.
La sentencia del máximo Tribunal señaló que “de los antecedentes del recurso aparece que la situación allí descrita sí constituye uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política, por lo que su mérito deberá decidirse al conocer del fondo de la acción deducida”.
Por lo anterior, el fallo concluyó revocando la sentencia impugnada y declaró que la acción de amparo es admisible, debiendo una sala no inhabilitada de la misma Corte de Apelaciones de Santiago darle la tramitación que en Derecho corresponda, a fin de pronunciarse derechamente sobre el amparo deducido.
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