En fallo dividido.
Caso La Polar: Corte de Santiago confirma multa aplicada por SVS.
El Tribunal de alzada confirmó la multa aplicada por la autoridad al exdirector por uso de información privilegiada, tras establecer que el ordenamiento jurídico chileno permite sanciones conjuntas a quienes infringen la normativa del mercado de valores.

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de reclamación y confirmó la multa por 20.000 UF aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) al exejecutivo de la empresa La Polar Julián Moreno de Pablo.
La sentencia sostiene que no existe duda entonces que nuestro ordenamiento jurídico posibilita sanciones civiles, penales y administrativas conjuntas por infracciones a la Ley de Mercado de Valores, siendo por tanto evidente la coexistencia y compatibilidad de estos distintos estatutos jurídicos de responsabilidad penal y administrativa y, ello por cuanto los objetivos y fines que ellas persiguen son diversos. Y así lo explicita la norma contenida en el artículo 55 de la Ley N° 18.045, establece que las personas que infrinjan las disposiciones contenidas en dicha ley causando daño, están obligadas a indemnizar los perjuicios, lo cual no obsta a las sanciones administrativas y penales que ello implique, respondiendo además por las personas jurídicas -según lo expresa el inciso segundo de la norma- tanto civil, penal y administrativamente, sus administradores o representantes legales.
La resolución agrega que de igual forma, el artículo 58 de la misma ley, dispone que la Superintendencia aplicará a los infractores de tal norma, las sanciones y apremios establecidos en la ley orgánica. El inciso tercero del citado precepto, a su vez en forma expresa prescribe la posibilidad de la aplicación de sanciones administrativas por los hechos que indica -constitutivos de delito- prorrogando el plazo que tiene el órgano regulador para denunciar los hechos a la justicia criminal, hasta que se haya practicado la investigación administrativa por la Superintendencia. Normas que clara e indiscutiblemente ratifican la convivencia de las sanciones que aplica la Comisión para el Mercado Financiero por infracciones a la Ley N° 18.045, con otras sanciones que apliquen los tribunales de justicia.
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