Auto Acordado.
Comité Técnico de Admisibilidad aprobó Auto Acordado relativo a la forma en que conocerán y resolverán los requerimientos que se interpongan en el contexto del proceso constitucional en curso.
El artículo 155 de la Constitución mandata al Comité para aprobar el Auto Acordado dentro de los 10 días siguientes a su instalación.

El Comité Técnico de Admisibilidad aprobó el Auto Acordado relativo a la forma en que conocerán y resolverán los requerimientos que se interpongan ante el aludido órgano en el contexto del proceso constitucional en curso.
La dictación de este Auto Acordado se efectúa en cumplimiento del mandato que el artículo 155 de la Constitución le entrega al referido Comité. Esta disposición establece que una vez instalado el Comité Técnico de Admisibilidad, dentro de los 10 días siguientes se deberá dictar el Auto Acordado sobre el funcionamiento del Comité Técnico de Admisibilidad en cuanto al conocimiento y resolución de los requerimientos que se formulen en el Proceso Constitucional.
Los integrantes del Comité comenzaron la discusión en general y en particular de sus disposiciones el día lunes 13 de marzo, y luego, tras 4 días de estudio y análisis en particular de la propuesta de Auto Acordado, finalmente en la tarde del día jueves 16 se terminó de aprobar el texto y se procedió a la firma del mismo por parte de todos sus integrantes.
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