Diario Constitucional

Corte de Apelaciones de Santiago acogió protección.

Condición impuesta para entregar duplicado de una Placa Patente Única de un vehículo resulta arbitraria si al momento de realizar la solicitud se exhibió la documentación requerida y pagó el valor cobrado.

El fallo agrega que la condición impuesta resulta además arbitraria por cuanto la recurrida acepta que la única finalidad de la exigencia del Permiso de Circulación -vigente a la fecha del retiro- lo es para que el móvil pueda circular por las calles del país.

Por Redacción·17 de abril de 2020·2 min de lectura
Condición impuesta para entregar duplicado de una Placa Patente Única de un vehículo resulta arbitraria si al momento de realizar la solicitud se exhibió la documentación requerida y pagó el valor cobrado.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección deducido por el propietario de un vehículo en contra de la negativa del Registro Civil a entregar un duplicado de la Placa Patente Única de un vehículo de su propiedad, al exigírsele que acredite que tiene la documentación vigente a la fecha del retiro.

Lo anterior debido a que la indicada condición impuesta resulta arbitraria y, por ende, carente de justificación, ya que al realizar el trámite en febrero de 2019 exhibió la documentación requerida y pagó el valor cobrado respecto de un vehículo del año 2004 que su propietario puede decidir libremente dejarlo fuera de circulación, asumiendo las consecuencias que de ello se deriven.

En las condiciones anotadas, se afecta el derecho de propiedad del recurrente pues se limita su ejercicio, al impedirle en calidad de propietario del vehículo motorizado -camioneta- instalar el distintivo único que lo identifica y respecto del cual es su dueño legítimo.

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