Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Antofagasta ordena a servicio de salud indemnizar a familia de menor que sufrió daño neurológico severo en Hospital de Calama.

El Tribunal de alzada revocó la resolución impugnada, solo en la parte que dispuso que cada parte pagaría sus costas, "y en su lugar se declara que se condena a la demandada a su pago íntegro".

Por Redacción·14 de abril de 2020·3 min de lectura
Corte de Antofagasta ordena a servicio de salud indemnizar a familia de menor que sufrió daño neurológico severo en Hospital de Calama.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó el fallo que condenó al Servicio de Salud a pagar una indemnización total de $701.796.941 a madre y hermana de niño de 9 años de edad que concurrió, en 2014, al Hospital Carlos Cisternas de Calama para la extracción de piezas dentales, cirugía que le provocó una encefalopatía hipóxico-isquémica.

La sentencia señala que es hecho de la causa que el médico anestesista que intervino en la operación quirúrgica incumplió una cuestión básica de la praxis médica y, ciertamente, de sentido común. Revisar los antecedentes o ficha médica para cerciorarse si su paciente presentaba alguna situación especial que pudiera motivar una reacción distinta a la normalmente esperable.

La resolución, Rol Nº1034-2019, agrega que esta circunstancia se tradujo en que no adoptó las medidas básicas de preparación para enfrentar exitosamente el cuadro basal que presentaba su paciente quien, ante dicha omisión, sufrió un paro cardiorrespiratorio que desencadenó una serie de consecuencias médicas ya anotadas. Así estamos en presencia de un hecho, culposamente ejecutado, que produjo un resultado dañoso y, consecuentemente, el Servicio es obligado a la reparación.

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