Recurso de protección acogido.
Corte de Concepción ordenó a propietario reponer cerco divisorio que había dejado sin baños a los alumnos de una escuela rural en Florida.
El Tribunal de alzada estableció el actuar ilegal y arbitrario del propietario que al cercar su terreno, dejó sin acceso a los servicios higiénicos a la comunidad educativa.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió recurso de protección y le ordenó al recurrido reponer, en el plazo de cinco días hábiles, el cerco divisorio con colegio colindante y abstenerse de realizar cualquier acto que importe alterar la demarcación que delimita y separa su propiedad de la Escuela G-625, de la comuna de Florida.
El fallo señala que, contra lo afirmado por el recurrido, la situación fáctica planteada por el recurrente permite concluir que el presente recurso es el instrumento idóneo para obtener el restablecimiento del statu quo preexistente a la ejecución de los actos perturbatorios denunciados.
La resolución agrega que, no existen antecedentes que conduzcan a sostener una posición contraria a la del actor, concluyéndose que la destrucción del cerco que dividía las propiedades del recurrente y del recurrido por el lado norte del primero y por el lado sur del segundo, constituye una alteración de una situación existente y comporta un acto de autotutela que debe ser corregido mediante la adopción de las medidas que se enunciarán en lo resolutivo, sin perjuicio de los derechos que el recurrido tiene para reclamar del recurrente la totalidad de la cabida de su predio, a través de la acción procesal que corresponda y ante Tribunal competente, en su caso.
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Cheno -Solicito contactar a abogado WALDO SERGIO ORTEGA TAPIA.
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