Diario Constitucional

En comunas de la Región de Atacama.

Corte de de Santiago declaró admisible protección contra prohibición de realizar eventos por visita papal.

Se trata de una acción legal interpuesta por la alcaldesa de Caldera, Brunilda González, quien afirmó en su recurso que la decisión afectaría directamente a las comunas turísticas que en esa fecha se encuentran con su temporada alta.

Por Redacción·28 de noviembre de 2017·1 min de lectura
Corte de de Santiago declaró admisible protección contra prohibición de realizar eventos por visita papal.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección que ingresó la alcaldesa de Caldera, Brunilda González, en contra del subsecretario del Interior Mahmud Aleuy.

Cabe señalar que la acción legal de la edil se debe a un documento emitido por el representante de esa cartera prohibiendo eventos públicos y masivos entre el 10 y 21 de enero, a raíz de la visita del Papa Francisco a Chile a contar del 15 de enero.

La alcaldesa afirmó en su recurso que la decisión afectaría directamente a las comunas turísticas que en esa fecha se encuentran con su temporada alta. Así, el recurso de protección busca resguardar el desarrollo normal de eventos públicos y masivos no sólo en Caldera, sino en otras comunas de la región de Atacama.

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