Diario Constitucional

En fallo dividido.

Corte de La Serena rechaza recurso de protección contra Ministerio Público por mantener datos de causa sobreseída.

El Tribunal de alzada rechazó la acción cautelar por considera que el registro se encuentra ajustado a la normativa, sin que se constaten actuaciones arbitrarias o ilegales del recurrido.

Por Redacción·18 de junio de 2020·2 min de lectura
Corte de La Serena rechaza recurso de protección contra Ministerio Público por mantener datos de causa sobreseída.
Referencial

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección presentado contra el fiscal regional de Coquimbo, que buscaba la eliminación de datos penales de una causa que fue sobreseída en 2012, del Sistema de Apoyo de Fiscales (SAF), del Ministerio Público.

La sentencia indica que la mantención -no difusión- de datos por parte del Ministerio Pública lejos de ser ilegal aparece ajustada a la normativa que lo regla, debiendo tenerse presente que el artículo 182 del Código Procesal Penal establece que los funcionarios que hubieren participado en la investigación y las demás personas que, por cualquier motivo, tuvieren conocimiento de las actuaciones de la investigación estarán obligados a guardar secreto respecto de ellas, es decir, les está absolutamente vedada su difusión a terceros.

La resolución agrega que tampoco de divisa de qué modo la mantención de registros, con fines claros de diseñar la política estatal de actuación frente al delito, para lo cual ciertamente se necesita una base, fuente documental de extendida data, que permita proyecciones y decisiones de largo plazo, pueda afectar el honor, integridad psíquica o igualdad ante la ley del recurrente, si no se trata de una información que pueda ser difundida a terceros y si hacerlo, además, acarrea sanciones por violación de secreto.

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