En fallo unánime.
Corte de Santiago acoge demanda contra motel por infringir derechos de autor.
El Tribunal de alzada anuló la sentencia impugnada y condenó a la demandada por exhibir en el motel Bordeaux de su propiedad, obras audiovisuales del repertorio de la demandante.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la demanda deducida en contra de la sociedad hotelera Inversiones Montecarlo S.A., por infringir la ley de propiedad intelectual, al exhibir sin autorización obras audiovisuales.
La sentencia sostiene que, en consecuencia, si la demandada ‘comunica públicamente' las obras protegidas en la forma indicada, esto es, incluyendo en cada habitación una pantalla a través de la cual los pasajeros del motel pueden acceder a aquellas, ha debido pagar la tarifa correspondiente por derechos de autor, además del costo que le significa la contratación con la empresa que le suministra el servicio de televisión por cable. Sobre este particular, la citada ley 17.336, en sus artículos 71 A a 71 S, contempla limitaciones y excepciones al derecho de autor y a los derechos conexos, sin que se encuentre la actividad hotelera entre tales limitaciones o excepciones.
La resolución agrega que luego, la demandada, al no pagar dicha tarifa, ha incurrido en una conducta que infringe la normativa a que hace referencia la actora en su demanda, relativa a la ley 17.336, asistiéndole al perjudicado la facultad contenida en su artículo 85 B, esto es, pedir, sin perjuicio de las otras acciones que le correspondan, ‘a) El cese de la actividad ilícita del infractor. b) La indemnización de los daños y perjuicios patrimoniales y morales causados. c) La publicación de un extracto de la sentencia, a costa del demandado, mediante anuncio en un diario de circulación comercial de la Región correspondiente, a elección del perjudicado'.
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