Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge protección por retención de fondos previsionales de cotizante extranjero.

El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada en contra de la AFP Hábitat y ordenó devolver los fondos fondos cotizados en Chile por ciudadano uruguayo, entre 2010 y 2015.

Por Redacción·28 de febrero de 2018·1 min de lectura
Corte de Santiago acoge protección por retención de fondos previsionales de cotizante extranjero.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección deducido en contra de la AFP Hábitat por la retención de fondos de ciudadano uruguayo.

La sentencia sostiene que con los documentos precedentemente reseñados, se desprende la voluntad del trabajador de mantener sus aportes previsionales en su país de origen, esto es, Uruguay, de tal manera que para los efectos legales, son prueba suficiente y apta para acreditar todos y cada uno de los requisitos señalados en el artículo 1° de la Ley 18.156, por lo cual tiene fuerza vinculatoria para la AFP recurrida en orden a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7 de la misma ley y por ende a la petición del reclamante.

La resolución agrega que el acto de la recurrida de no hacer devolución de los fondos previsionales que se han depositado en la Administradora de Fondos de Pensiones Hábitat y que corresponde a la cuenta individual del recurrente Diego Pérez Zoccoli, se estima ilegal, toda vez que se aparta de lo dispuesto en la Ley N°18.156, ya tantas veces señalada, afectando con esta acción al derecho de propiedad que tiene éste respecto de sus fondos previsionales, derecho que se encuentra garantizado por el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, por lo cual este arbitrio deberá ser acogido.

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