Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge protección y ordena a superintendencia pagar pensión de invalidez.

El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario del ente fiscalizador al validar el proceder ilegal de AFP Capital S.A. que denegó el pago de la pensión.

Por Redacción·20 de noviembre de 2018·2 min de lectura
Corte de Santiago acoge protección y ordena a superintendencia pagar pensión de invalidez.
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En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de la Superintendencia de Pensiones y la instruyó para que AFP pague pensión de invalidez total a profesora afiliada.

La sentencia sostiene que de esta norma se desprende claramente la diferencia entre ‘cotizar' y ‘enterar la cotización', pues la cotización siempre corresponde al mes en que se declaren las rentas, siendo una cuestión relativa a su recaudación la posibilidad de efectuar su pago al mes siguiente, que incluso puede ser más allá de los 10 primeros días del mes siguiente. Ello es más evidente en los trabajadores dependientes que en general son remunerados al final del mes calendario. Lo contrario será dejar un mes de vacío que la ley no ha autorizado.

La resolución agrega que la interpretación que realiza la Superintendencia de Pensiones integra requisitos no exigidos en la ley y aun cuando ha sido realizada bajo sus competencias legales, ella ha devenido en arbitraria.

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