En fallo dividido.
Corte de Santiago confirma fallo que ordenó pagar indemnización a paciente violada en Hospital de Carabineros.
El Tribunal de alzada ratificó la sentencia impugnada que estableció la responsabilidad por falta de servicio del establecimiento hospitalario en el delito.

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $80.000.000 a funcionaria de Carabineros que fue violada por enfermero en el hospital institucional.
La sentencia sostiene que empero si la falta personal se encuentra vinculada con el servicio, sea porque se ha cometido en el ejercicio de la función o con ocasión de la misma o con los medios proporcionados por el servicio, el Estado debe responder sin perjuicio de poder repetir posteriormente contra el funcionario por la totalidad del desembolso en que ha debido incurrir; originándose lo que se ha denominado cúmulo de responsabilidades.
La resolución agrega que siendo un hecho de la causa que el fundamento de la acción indemnizatoria descansa en un ilícito por el cual su autor fue sancionado penalmente, perpetrado con ocasión de sus funciones propias, con los medios proporcionados por el servicio y en dependencias hospitalarias del empleador, no queda sino concluir que el Fisco de Chile debe responder civilmente, por ser el Estado responsable del daño producido, conforme lo prescriben las disposiciones legales antes citadas, por existir falta personal cometida con ocasión de la función; sin perjuicio de su derecho a repetir posteriormente contra el funcionario.
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