Diario Constitucional

En fallo dividido.

Corte de Santiago confirma multa a empresa de distribución eléctrica por interrupción del servicio.

El Tribunal de alzada descartó actuar ilegal de la SEC, tras establecer que actuó dentro de sus facultades y competencias al sancionar a la empresa.

Por Redacción·14 de agosto de 2018·2 min de lectura
Corte de Santiago confirma multa a empresa de distribución eléctrica por interrupción del servicio.
Referencial

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 1.500 UTA, equivalente a $70.599.000, aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la empresa Enel Distribución Chile S.A., por las interrupciones del servicio que afectaron a 11 mil clientes en la comuna de Quilicura, en septiembre de 2016.

La sentencia sostiene que es del parecer de esta Corte, que en el procedimiento administrativo sancionatorio materia de análisis en este recurso, se cumplieron a cabalidad las exigencias propias de un debido proceso legal. En efecto hubo una investigación comunicada oportunamente a la reclamante, se le notificó debida y legalmente para que formulara sus descargos, se evaluaron los antecedentes recopilados y se dictó una resolución motivada que le puso término, además de otorgarse la posibilidad de cuestionar lo resuelto por la presente vía impugnatoria.

La resolución agrega que del estudio de los antecedentes tenidos a la vista, aparece de manifiesto para estos sentenciadores que la recurrente no ha justificado ilegalidad procesal o de fondo ocurrida en el procedimiento sancionador como tampoco en la resolución recurrida.

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