Se rechazó indemnización.
Corte de Santiago confirmó condena a ex integrante de la DINA por apremios ilegítimos.
El acusado fue condenado a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, en su calidad de autor del delito previsto y sancionado en el artículo 150 A del Código Penal.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó, en lo penal, la sentencia del Ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, que había condenado al ex integrante de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), Miguel Krassnoff Martchenko, por el delito de apremios ilegítimos en contra de una ex militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), acaecido en septiembre de 1975, en Villa Grimaldi.
El acusado fue condenado a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, en su calidad de autor del delito previsto y sancionado en el artículo 150 A del Código Penal.
Adicionalmente, el Tribunal de Alzada capitalino revocó la sentencia que había acogido la demanda de indemnización de perjuicios deducida por familiares de la víctima, disponiendo el rechazo de dicha pretensión, al razonar que el Pleno de la Corte Suprema ha concluido que “la normativa internacional, no establece la imprescriptibilidad genérica de las acciones orientadas a obtener el reconocimiento de la responsabilidad extracontractual del Estado o de sus órganos institucionales”, lo que conduce a sostener que “resulta pertinente considerar la prescripción extintiva al momento de pronunciarse sobre la demanda intentada”, resolviendo precisamente que la acción se encuentra prescrita, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2332 del Código Civil.
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