Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago excluye por falta de quorum a sindicato interempresa de proceso de negociación colectiva.

El Tribunal de alzada anuló la resolución del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago y, en forma separada y sin nueva vista, dictó sentencia de reemplazo.

Por Redacción·07 de marzo de 2019·2 min de lectura
Corte de Santiago excluye por falta de quorum a sindicato interempresa de proceso de negociación colectiva.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de nulidad y excluyó a sindicato interempresa por no alcanzar el quórum de trabajadores afiliados de las Multitiendas Corona S.A. con la que pretendía negociar.

La sentencia sostiene que en lo que respecta al segundo requisito del artículo 364 inciso 2° del Código del Trabajo, esto es cuál es el quórum que debe exigirse al sindicato interempresa respecto de los trabajadores afiliados de la empresa con la pretende negociar, no puede ser ese quórum el del establecimiento de la empresa, porque en parte alguna el precepto indicado alude a esa circunstancia.

La resolución agrega que por el contrario, la disposición aludida en dos oportunidades se refiere a ‘la empresa’ como destino de la negociación, de tal modo que debe acogerse el recurso de reposición deducido por la empresa Multitiendas Corona S.A., en cuanto a que el sindicato interempresa no reúne, además, el quórum exigido por la ley para negociar colectivamente con esa empresa.

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