Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago ordena a empresa de gas indemnizar a trabajadores despedidos unilateralmente.

El Tribunal de alzada confirmó en todas sus partes la sentencia impugnada, que condenó a Gasco GLP por el término unilateral del contrato de los demandantes, quienes se desempeñaban en la lectura de medidores de gas.

Por Redacción·24 de octubre de 2018·2 min de lectura
Corte de Santiago ordena a empresa de gas indemnizar a trabajadores despedidos unilateralmente.
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En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a la empresa Gasco GLP S.A., a pagar una indemnización total por $17.877.767 a dos trabajadores a honorarios, a quienes la empresa puso fin a los contratos de forma unilateral.

Así, el Tribunal de alzada confirmó en todas sus partes la sentencia impugnada, dictada por el 30º Juzgado Civil de Santiago, que condenó a Gasco GLP por el término unilateral del contrato de los demandantes, quienes se desempeñaban en la lectura de medidores de gas.

La sentencia de primera instancia sostiene que de lo anterior se concluye que las partes podían terminar unilateralmente el contrato, en los siguientes casos: (i) por incumplimiento de la obligación de reserva de información; (ii) por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato; y (iii) mediante aviso por carta certificada a la otra parte, en caso que se comercializara en el mercado un servicio alternativo al prestado por el contratista, en condiciones más favorables.

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