Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago ordena a isapre dar cobertura a medicamento para tratar enfermedad catastrófica.

El Tribunal de alzada estableció que el actuar de la recurrida vulnera la garantía constitucional de derecho a salud, por lo que le ordenó proporcionar el medicamento y reembolsar al recurrente el gasto en que incurrió al adquirirlo por su cuenta.

Por Redacción·07 de noviembre de 2018·3 min de lectura
Corte de Santiago ordena a isapre dar cobertura a medicamento para tratar enfermedad catastrófica.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección y ordenó a la isapre Consalud S.A. entregar medicamento de alto costo que requiere hija de afiliado que padece cáncer, a través de la Cobertura Adicional de Enfermedades Catastróficas (CAEC).

La sentencia sostiene que en consecuencia, por tratarse la acción de protección un procedimiento cautelar de emergencia, sin que proceda en él un período de prueba contradictorio, en el que se trata de proteger el status quo, para no vulnerar derechos fundamentales, y en la especie, constar el hecho indiscutible que la médico especialista oncóloga pediatra tratante, doctora María Angélica Wietstrick, prescribió el medicamento IMANITIB 400 MG (GLEEVEC), debido a que es absolutamente necesario para la salud y la vida de la menor por padecer de Leucemia Linfoblástica Aguda con Cromosomia de Filadelfia, y, al sufrir tal patología la niña debió ser intervenida en el Hospital Clínico de la Universidad Católica, practicándosele un trasplante de médula ósea, resulta que, de acuerdo al artículo 1.1, de la Circular IF/ Nº 7, del año 2005 de la Superintendencia de Salud, Sobre Condiciones de Cobertura Adicional Para Enfermedades Catastróficas en Chile, en el Formulario que suscribe el afiliado para incorporarlas al contrato de salud, se señala que el beneficio tiene por finalidad aumentar la cobertura otorgada a él o a sus beneficiarios.

La resolución agrega que partiendo de la base que no se discute por las partes del recurso que el medicamento cumple con los requisitos para ser cubierto por la Isapre Consalud S.A., régimen de cobertura GES-CAEC, CAEC, dado que contempla: citostático antineoplástico (comprimidos) imatinib 400 mg a menores de 15 años de edad con cáncer, desde luego, por tal razón la Isapre está obligada entregar la cobertura con costo y gasto cero para el recurrente, atendido los derechos naturales básicos que se encuentran vulnerados y deben ser resguardados si se considera que se debe reconocer que el cotizante, al enfrentar costos y gastos de gran magnitud económica, producidos por la catástrofe de salud que enfrenta, inequívocamente le producirán una ruina que le es imposible soportar, con grave riesgo para la vida de su hija al no poder ésta acceder oportunamente al medicamento prescrito.

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