En fallo unánime.
Corte de Santiago ordena a Departamento de Extranjería pronunciarse sobre solicitud de nacionalización.
El Tribunal de alzada ordena al Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y de Seguridad Pública emitir derechamente pronunciamiento conforme a derecho, en un plazo prudente.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección y ordenó al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior emitir pronunciamiento sobre solicitud de nacionalización presentada por ciudadano de origen libanés, en 2011.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la parte recurrida, por lo que ordenó al jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y de Seguridad Pública "emitir derechamente pronunciamiento conforme a derecho, en un plazo prudente, sobre la solicitud de Carta de Nacionalización iniciado por el recurrente en abril del año 2011.
La sentencia sostiene que determinado que en la especie no ha existido un acto administrativo decisorio de la solicitud de nacionalización cursada, debe necesariamente atenderse a la falta de pronunciamiento, por aproximadamente siete años, de la petición de nacionalización cursada.
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