En fallo unánime.
Corte de Santiago rechaza amparo de interno del Penal de Punta Peuco.
El Tribunal de alzada descartó infracción legal en la decisión que le denegó la libertad al militar uruguayo Wellington Sarli Pose.

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó el recurso de amparo presentado por el militar uruguayo Wellington Sarli Pose, interno del penal de Punta Peuco, condenado a 5 años y un día de presidio por su responsabilidad en el homicidio de Eugenio Berríos Sagredo, en contra de la Comisión de Libertad Condicional del Tribunal de alzada que le negó solicitud.
La sentencia del Tribunal de alzada establece que en el caso de autos, se ha utilizado la presente vía constitucional para pretender modificar la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional en abril del presente año, que rechazó su postulación, la cual resolvió con todos los antecedentes aportados por el Tribunal de Conducta del Centro Penitenciario, función práctica inherente al cargo de quienes la componen, y lo hizo en forma fundada.
La resolución de la Corte de Santiago agrega que en tal sentido, los antecedentes psicosociales elaborados por el penal respectivo condujo a concluir que no existen antecedentes que permitan demostrar que el amparado se encuentra rehabilitado y corregido para la vida social, y por ello negó otorgarle el beneficio, de conformidad a lo que prevén los artículos 1° del D.L. N° 321 y 2° del Decreto N° 2442. En esas circunstancias, cuando la Comisión decide rechazar la libertad condicional por no contar con la buena conducta exigida, lo hace con el conocimiento del contenido del referido informe del condenado que fue el resultado de la entrevista y análisis por parte de los profesionales en el área, aun cuando aquél contaba con los períodos de conducta exigidos en la ley.
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