33 cargos que se relacionaron con flora, fauna, calidad de las aguas, glaciares, medio humano.
Corte Suprema confirma las sanciones aplicadas por la SMA al proyecto Pascua Lama.
El fallo del máximo Tribunal rechazó los recursos de casación interpuestos en contra de la sentencia del Primer Tribunal Ambiental, confirmando la legalidad de la sanción de clausura definitiva y una serie de multas aplicadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) al proyecto minero.

La Excelentísima Corte Suprema dictó sentencia en el caso Pascua Lama (Rol N°127.275-2020), rechazando los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por la empresa Agrícola Dos Hermanos Ltda. en contra de la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental que acogió parcialmente las reclamaciones Rol R-5-2018 y R-6-2018, interpuestas respectivamente por la Compañía Minera Nevada SpA y Agrícola Dos Hermanos y Agrícola Santa Mónica, en contra de la resolución sancionatoria de la Superintendencia del Medio Ambiente (Res. Ex. N°72/2018) y la resolución que tiene por cumplidas las Medidas Urgente y Transitorias (Res. Ex. N°70/2018).
Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra relevó que “el fallo de la Corte Suprema junto con respaldar nuestra investigación también ratifica la sentencia del Primer Tribunal Ambiental, que confirmó la sanción de clausura definitiva del proyecto Pascua Lama dictada por esta Superintendencia, así como una serie de multas que se aplicaron”, enfatizó.
“Con esta sentencia, la SMA deberá, en primer lugar, seguir fiscalizando el cumplimiento de la sanción de clausura, para lo cual existe un cronograma de cierre informado, cuyo cumplimiento se irá vigilando en sus diversas etapas, entendiendo que es un proceso extenso, que requiere incluso un nuevo ingreso a evaluación ambiental, y trámites ante el Sernageomin. Asimismo, se deberá dictar una nueva resolución que tendrá que recalificar dos infracciones, lo cual puede terminar en la aplicación de nuevas multas a la empresa”, agregó.
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