En fallo dividido.
CS acoge casación y decreta prescripción de deudas tributarias.
El máximo Tribunal acogió la reclamación presentada por la defensa del contribuyente y declaró prescritos los cobros por exceder el plazo establecido legalmente para su revisión por el Servicio de impuestos Internos.

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió recurso de casación y, en sentencia de reemplazo, estableció la prescripción de deudas correspondientes a los años tributarios 2003, 2004 y 2005, de contribuyente que fue investigado y absuelto por supuestas declaraciones maliciosas de impuestos.
La sentencia sostiene que la norma aludida establece en su inciso 1° la regla general de un plazo de tres años para que el Servicio pueda revisar cualquier diferencia de impuesto, plazo que excepcionalmente puede ampliarse a seis años tratándose de impuestos sujetos a declaración cuando la presentada fuera maliciosamente falsa. En consecuencia, resulta necesario revisar cual es el fundamento dado por la sentencia para justificar la aludida ampliación. En este sentido, según se desprende del motivo reproducido en el considerando anterior, el contribuyente percibió ingresos que no incluyó en sus respectivas declaraciones, las que por consiguiente no corresponden a la verdad, cuestión que hace evidente la malicia.
La resolución agrega que el aludido fundamento entregado por la sentencia impugnada resulta incapaz de sostener su conclusión, puesto que toda subdeclaración de ingresos conlleva necesariamente una falta de verdad en la misma, sin embargo, esa sola circunstancia debe -por regla general- revisarse dentro del plazo ordinario de prescripción, a excepción que se esté en alguna de las dos hipótesis del inciso 2° del artículo 200 del Código Tributario que, en el caso que nos ocupa, corresponde a justificar que la declaración presentada fue maliciosamente falsa. De lo contrario, todas las declaraciones de menores ingresos serían automáticamente ‘maliciosamente falsas'.
Te puede interesar

Se interpretó restrictivamente el concepto de elección.
TRICEL se pronunciará respecto de apelación que incide en caso de elección que aprobó reforma de los estatutos del Colegio de Cirujano Dentistas de Chile A.G.

Opinión.
Acerca del significado de la balanza y la espada que porta la mujer.

En fallo unánime.
Corte de Santiago acoge amparo de extranjera expulsada del país.

