Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte Suprema acoge demanda por incumplimiento de contrato de empresa minera

El máximo Tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados por la parte demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Por Redacción·12 de febrero de 2020·3 min de lectura
Corte Suprema acoge demanda por incumplimiento de contrato de empresa minera
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En fallo unánime, La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la demanda deducida por la empresa EVT Consulting SpA en contra de SQM Nitratos Chile S.A. por incumplimiento de contrato de compraventa y ordenó el pago de US$ 304.620 por concepto de daño emergente.

La sentencia sostiene que, en primer término, conviene precisar, aunque parezca una obviedad, que el perjuicio o daño reclamado por EVT no es la factura emitida por Cathay Import, sino la deuda de que da cuenta, emanada de la relación causal subyacente entre EVT y Cathay, por la cual esta última vendió suministros a la primera, incurriendo en una serie de costos por documentación, materiales y labores de intermediación. Tanto la labor desplegada por Cathay, como el valor cobrado por estos servicios a EVT -la suma de USD$304.620- corresponden a hechos establecidos en la sentencia y, como tales, inmodificables para este tribunal, al no haberse denunciado en el recurso la vulneración de las normas reguladoras de la prueba. Ahora bien, resulta también incontrovertido que a la fecha de presentación de la demanda la actora no había pagado a Cathay la suma indicada, situación que se ha mantenido durante el transcurso del juicio.

Luego, plantea que incumbe dilucidar entonces si el crédito que posee Cathay en contra de EVT, cuyo origen es el incumplimiento contractual de SQM Nitratos S.A., puede ser considerado como un daño emergente.

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