En fallo dividido.
CS acoge protección contra Hospital de Rancagua por desvincular a funcionaria embarazada.
El máximo Tribunal establece el actuar arbitrario e ilegal al no dar protección a la maternidad de la funcionaria, pese a su condición laboral.

La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por Nicole Tejeda Muñoz, una técnica en enfermería a quién se le puso término de su contrata en el Hospital Regional de Rancagua, pese a estar embarazada.
La sentencia del máximo Tribunal sostiene que el precepto transcrito es reflejo del postulado constitucional consagrado en el artículo 19 N° 1°, inciso segundo de la Carta Política, en cuanto encomienda a la ley proteger la vida del que está por nacer, concepción amplia que importa permitir que la madre acceda al empleo y se mantenga en él, por el carácter alimenticio, tanto para ella, como para el ser en gestación.
A continuación la resolución agrega que la normativa sobre protección a la maternidad del estatuto laboral conforma el régimen jurídico del personal de salud de la administración del Estado, y en ese sentido es dable inferir que las disposiciones referentes al fuero maternal y que confieren inamovilidad a las trabajadoras embarazadas impiden que operen las causales de término de las funciones de índole discrecional de la autoridad institucional.
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