En fallo unánime.
Corte Suprema acoge protección por construcción de pozo séptico en comunidad ecológica
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de la recurrida al construir y poner en funcionamiento pozo séptico sin autorización sanitaria.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de protección presentada por la comunidad ecológica de Peñalolén.
La sentencia sostiene que de los informes evacuados, especialmente del emanado de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, se desprende que la parte recurrida inició la instalación de obras de eliminación de residuos sin contar con la autorización sanitaria pertinente, tal como se constató en terreno por la autoridad.
La resolución agrega que la mera presentación de la solicitud ante la autoridad, efectuada con posterioridad al inicio de las obras y a instancia de la fiscalización y sanción impuesta, no puede sanear la conducta denunciada por el presente recurso, pues ello no implica que, en definitiva, le será concedida.
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