Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS acoge recursos de protección por alzas de planes de Isapres por factor GES y establece límite a incrementos.

El máximo Tribunal resolvió los 14 recursos presentados por el incremento de los planes para el trienio 2016-2018, estableciendo que no podrán ser “significativamente mayores” al alza de la prima universal.

Por Redacción·07 de abril de 2017·6 min de lectura
CS acoge recursos de protección por alzas de planes de Isapres por factor GES y establece límite a incrementos.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema acoge una serie de recursos de protección presentados por el aumento de los costos de planes de isapres por el factor de Garantías Explícitas de Salud -GES-, disponiendo que se debe aplicar un aumento similar al monto de la prima universal fijado por la autoridad, que corresponde a 3,87 UF por cotizante.

Cabe señalar que el máximo Tribunal analiza la historia legal del establecimiento de Garantías Explicitas de la Salud (GES) y determina que la modificación para el trienio 2016-2018 conlleva una variación poco significativa, debido a que se mantiene la cobertura de 80 patologías y sólo se modifican coberturas de tratamientos y medicamentos.

La sentencia de la Corte Suprema sostiene que "a través del referido decreto N° 3, del año 2016, se agregan medicamentos específicos en las Patologías N° 38 (EPOC), N° 61 (Asma Adulto) y 63 (Artritis idiopática Juvenil). En este aspecto, es necesario destacar que los cambios efectuados a través de la nueva regulación principalmente se refieren a diferencia de nomenclatura, desglose de una misma prestación, incorporación de nuevas prestaciones y cambios en las canastas de medicamentos, siendo la incorporación de nuevas prestaciones menor, pues en general se trata de cambios de prestaciones en ciertas patologías y canastas existentes".

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