En fallo unánime.
CS confirma fallo que ordenó a dueño de terreno indemnizar a familia de fallecida en pozo séptico.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada que refrendó la de primer grado que estableció la responsabilidad del recurrente al no señalizar la existencia del foso oculto en el jardín de propiedad de la comuna de Calbuco.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó recurso de casación y confirmó la sentencia que condenó al propietario de terreno a pagar una indemnización total de $10.000.000 a cónyuge e hijo de fallecida al caer en un pozo séptico en propiedad con promesa de compraventa.
Así, el máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que refrendó la de primer grado que estableció la responsabilidad del recurrente al no señalizar la existencia del foso oculto en el jardín de propiedad de la comuna de Calbuco.
La sentencia sostiene que en este sentido resulta pertinente recordar que solamente los jueces del fondo se encuentran facultados para fijar los hechos de la causa, y efectuada correctamente dicha labor en atención al mérito de las probanzas aportadas, ellos resultan inamovibles conforme a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, no siendo posible su revisión por la vía de la nulidad que se analiza salvo que se haya denunciado de modo eficaz la vulneración de las leyes reguladoras de la prueba que han permitido establecer el presupuesto fáctico que viene asentado en el fallo.
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