Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó protección contra Empresa Eléctrica por construcción de Central Hidroeléctrica.
La parte recurrente estimó vulneradas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el derecho de propiedad.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, y rechazó la acción de protección deducida por la parte recurrente, en contra de la Empresa Eléctrica Roblería por la construcción de una Central Hidroeléctrica.
La parte recurrente señala que, deduce acción de protección en contra de la Empresa Eléctrica Roblería por la construcción de una Central Hidroeléctrica, de pasada de la propiedad de la recurrida. El proyecto habría tenido una serie de observaciones y reparos de las comunidades locales y de la propia Superintendencia del Medio Ambiente.
La parte recurrente estimó vulnerados el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación; pues los recurrentes viven de la actividad turística, mostrando las riquezas naturales de los diferentes ecosistemas nacionales, garantía que aparece evidentemente vulnerada por actividad ilícita de la recurrida, y el derecho de propiedad; ya que los recurrentes explotan el sector como actividad turística.
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