Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra un particular por ocupar y cerrar predio.
La Corte de Alzada determinó que los recurridos habrían producido una alteración del statu quo.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, y acogió la acción de protección deducida por la parte recurrente, en contra de los recurridos, por cerrar y ocupar ilegalmente el predio de la recurrente, así como también cortar el tendido eléctrico que suministra luz a la casa habitación de la recurrente.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de los recurridos por el cierre y ocupación ilegal del predio de la recurrente, así como también del corte del tendido eléctrico que suministra luz a la casa habitación de la recurrente. Se señaló que, la recurrente y los recurridos firmaron un contrato de promesa de compraventa, pagado el precio del mismo, los recurridos se habrían negado a celebrar el contrato de compraventa con la recurrente y procedieron a cerrar completamente el acceso al domicilio de la misma, instalando cercos de madera y alambre que antes no existían, impidiendo el paso de la recurrente.
La recurrente estimó vulnerado su libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes y el derecho de propiedad.
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