En forma unánime.
CS confirmó sentencia que acogió protección deducida por arquitecta destituida de su cargo en la Municipalidad de Quinta Normal tras haber autorizado la instalación de tres paletas publicitarias.
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago con declaración, sustituyendo la medida de destitución por la de suspensión.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió la acción de protección deducida por una arquitecta y funcionaria municipal a contrata contra la Municipalidad de Quinta Normal, que le aplicó la medida disciplinaria de destitución.
En su escrito, la recurrente expresó que se le acusó de "Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad, que rigen el desempeño de su cargo, con grave entorpecimiento del servicio (…) en el otorgamiento de los permisos requeridos para la instalación de tres paletas publicitarias, respecto del terreno que ya ha quedado claramente acreditado pertenece a un bien Fiscal no siendo, bajo ninguna circunstancia, bien nacional de uso público, cuestión que le correspondía en razón de su cargo conocer, proporcionando a dicha empresa documentación que se encontraba fuera de la esfera de sus atribuciones en su calidad de director de obras subrogante, excediendo en el ámbito de sus atribuciones.” Al respecto, dio cuenta de no tener responsabilidad alguna en los hechos investigados, dar cumplimiento a sus obligaciones y haberse apegado a las instrucciones impartidas sobre el particular por la alcaldesa.
La recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional a la igualdad ante la ley y al debido proceso, cuando la recurrida decide aplicarle la medida disciplinaria de destitución, sin tomarle declaración alguna en el sumario administrativo, además de cometer errores procedimentales en la tramitación sumarial, motivada por consideraciones de tipo personal y subjetivas, sin haber dispuesto investigar en el mismo proceso disciplinario a otro funcionario. Por tanto, la medida adoptada en su contra es discriminatoria y fuera de toda proporción lógica. Igualmente, estima conculcado su derecho de propiedad, al privársele del cargo que ha ostentado por más de siete años.
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