Diario Constitucional

En forma unánime.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra Municipalidad de Pirque por negar solicitud al recurrente de patente comercial.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, y el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica, entre otras.

Por Redacción·19 de septiembre de 2019·2 min de lectura
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra Municipalidad de Pirque por negar solicitud al recurrente de patente comercial.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia que declaró inadmisible la protección deducida en contra de la Municipalidad de Pirque, por rechazar a través de un oficio, la solicitud de patente comercial.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Municipalidad de Pirque, por la dictación del Oficio Nº 227 de 2019, que confirmó la decisión de la Municipalidad de denegar la patente comercial al recurrente, ya que el lugar donde éste se emplazó no cumpliría con los requisitos exigidos por la ley para ejercer la actividad de centro de evento. Según el recurrente, tal decisión se fundó únicamente en la mención a un recurso de protección interpuesto contra una actuación previa del Municipio; y a un Dictamen de Contraloría General de la República, que no se aviene al criterio jurisprudencial sostenido por los Tribunales Superiores de Justicia sobre la materia.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen, la no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica y el derecho de propiedad.

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