En fallo dividido.
CS confirmó sentencia que rechazó amparo contra Juzgado de Garantía de Punta Arenas por ordenar prisión preventiva a amparado.
El recurso incide en materias para las cuales el legislador contempló recursos ordinarios, y mediante dicha vía debió reclamar si se estimó que no se cumplían los requisitos para disponer la prisión preventiva.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Punta Arenas que rechazó la acción de amparo deducida en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, la cual dio lugar a la solicitud de prisión preventiva del Ministerio Público.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de amparo contra de la resolución dictada en audiencia de fecha 11 de Agosto de 2019, en causa RIT 2742-2019, RUC 1900857255-3, del Juzgado de Garantía de Punta Arenas, mediante la cual dio lugar a la solicitud de prisión preventiva del Ministerio Público sin fundamentar, por un lado, su resolución en los términos del artículo 143 del Código Procesal Penal en relación al artículo 36 del mismo código y, por otro lado, sin pronunciarse respecto de las alegaciones de la defensa.
El amparado estimó vulnerado su derecho a la libertad personal y seguridad individual.
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