En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Caja de Compensación por el descuento al recurrente desde la liquidación de sueldo mensual de un crédito pendiente con la recurrida.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, derecho de propiedad e integridad física y psíquica.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó la acción de protección en contra de Caja de Compensación por el descuento al recurrente desde la liquidación de sueldo mensual, de un crédito pendiente con la recurrida.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, derecho de propiedad e integridad física y psíquica.
Cabe recordar que la sentencia de la Corte de Santiago expuso en su oportunidad que no existe controversia en cuanto a la existencia de la deuda y a la facultad legal que tiene la recurrida para su cobro, lo que descarta un actuar ilegal o arbitrario de su parte, resultando ajena al recurso las consideraciones que hace el recurrente en cuanto al impacto que se produce en sus ingresos el pago de una deuda que no desconoce.
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