En fallo unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Universidad de Aconcagua por impedir a recurrente egresar y recibir su título de enfermera debido a una causal de eliminación.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso y derecho de propiedad.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Puerto Montt que rechazó la acción de protección deducida por una estudiante en contra de la Universidad de Aconcagua por impedirle hacer su tesis, rendir pruebas, egresar y recibir su título de enfermera.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso y derecho de propiedad.
Cabe recordar que la Corte de Puerto Montt expuso en su sentencia que, de los antecedentes acompañados por el recurrido, es posible visualizar que efectivamente la recurrente se encuentra en causal de eliminación académica desde el día 13 de agosto de 2018. Además, también se acompañó el Reglamento Académico de la Universidad de Aconcagua, en cuyo artículo 40 se establecen las causales académicas de eliminación, que consideran la reprobación de una misma asignatura en segunda oportunidad.
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