Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por funcionaria contra Servicio de Salud de Arica por disponer de su traslado.
Se señaló que es imposible establecer de qué manera pudo haber sido afectado la garantía que la recurrente señaló conculcado.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Arica que rechazó protección interpuesta por funcionaria contra del Servicio de Salud de Arica por disponer su traslado.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Servicio de Salud de Arica, por la dictación Resolución Exenta 283, de 12 de febrero de 2019, que dispuso su traslado a la Posta Rural de Azapa.
La recurrente estimó vulnerado la garantía establecida en el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la República.
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