Diario Constitucional

Con disidencia.

CS revocó sentencia y acoge protección contra Instituto Nacional del Deporte por término anticipado de contrata a funcionarios.

Recurrente estimó vulnerada la garantías establecidas en el artículo 19 números.

Por Redacción·12 de octubre de 2019·2 min de lectura
CS revocó sentencia y acoge protección contra Instituto Nacional del Deporte por término anticipado de contrata a funcionarios.
Referencial

Con voto en contra, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y acogió protección interpuesta por funcionarios contra Instituto Nacional del Deporte por no renovación de sus contratas.

En su momento, la parte recurrente arguyó, en síntesis que, a) que sus representados ingresaron a trabajar al Instituto Nacional del Deporte en las fechas antes singularizadas; b) que durante todo el tiempo en que se desempeñaron en dicha repartición fueron calificados con notas sobresalientes; c) que el mes de octubre de 2018, no obstante lo señalado, la autoridad puso término a sus funciones. Acto que estimó vulnera las garantías establecidas en el artículo 19 número 2 y 24 de la Constitución Política de la República.

Por su parte, la Corte de Apelaciones de Santiago indicó, en síntesis que, de acuerdo a la doctrina administrativa y a la jurisprudencia más reciente, para la validez del acto administrativo que pone término a la contratación de un funcionario sujeto al régimen laboral denominado “a contrata”, se requiere que éste contenga una fundamentación razonable tanto en los hechos que fundamentan la desvinculación del funcionario como de los antecedentes jurídicos que avalan la decisión de la autoridad. En el presente caso, de una simple lectura de las resoluciones exentas que pusieron término anticipado a las contratas, se aprecia que dicho actos administrativos cuentan con fundamentos razonables.

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