Enviado a la presidencia de la Cámara de Diputados.
CS despacha informe sobre proyecto de ley que regula aplicaciones online de transporte de pasajeros.
El máximo Tribunal sostiene que se ha restringido los entes previstos para conocer de las infracciones y aplicar, en su caso, las sanciones descritas en el texto del artículo 12 en consulta, designando a los Jueces de Policía Local, y a la Subsecretaría de Transportes.

El pleno de la Corte Suprema analizó el contenido del proyecto de ley que regula las aplicaciones o plataformas digitales de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que presten.
El oficio fue enviado a la presidencia de la Cámara de Diputados ayer y contiene la opinión de los ministros del máximo Tribunal sobre segunda consulta que les formula sobre la materia.
El informe sostiene, sobre el régimen sancionatorio de las empresas de aplicaciones de transporte (EAT), que cabe hacer notar que a este respecto ya la vez anterior esta Corte observó los inconvenientes y reparos que significaba el hacer aplicación -para determinadas infracciones del responsable del servicio- de un contencioso administrativo cuya resolución final, una vez elevado el reclamo a la sede jurisdiccional, esto es, a la Corte de Apelaciones de Santiago, sólo contemplaba para su vista, las normas previstas para el recurso de protección.
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