Remitido al Senado.
CS emite informe sobre proyecto de ley que refuerza resguardo de derechos de los trabajadores en la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado.
El máximo Tribual detalla que no se advierte la justificación de eliminar los delitos concursales como supuestos de la sanción.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el contenido de la iniciativa legal que «Modifica la Ley 19.886 y el Código del Trabajo con el objeto de reforzar la aplicación de la disposición que resguarda los derechos de los trabajadores en la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado». Informe que fue remitido a la presidencia del Senado.
«Del análisis comprendido en el presente informe se puede observar que la iniciativa legal examinada, en general, se hace cargo de los principales puntos observados por el Tribunal Constitucional en las ocasiones que ha declarado inaplicable por inconstitucional el artículo 4° de la Ley N° 19.886, en especial en lo relacionado con la vulneración a la igualdad ante la ley y la falta al debido proceso, permitiendo un pronunciamiento caso a caso de la sanción accesoria y, a su vez, una discusión en el juicio laboral respectivo de si corresponde su aplicación», consigna el informe.
El oficio que agrega que, sin perjuicio de lo anterior, existen ciertos aspectos que el legislador podría precisar o modificar para robustecer la iniciativa:
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