En fallo unánime.
CS rechaza demanda contra Ministerio Público por ordenar detención de imputado en flagrancia.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada, que descartó actuar arbitrario o errado de la parte demandada al instruir la detención.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechaza demanda por el supuesto actuar arbitrario del Ministerio Público al ordenar la detención de imputada en situación de flagrancia, en cuya causa por riña aplicó el principio de no perseverar.
La sentencia sostiene que en efecto, en el caso de autos, la participación del actor en una riña de la que ambos involucrados resultaron con lesiones leves, con independencia de las razones por las que se inició dicho altercado, motivó la detención en situación de flagrancia de sus partícipes por funcionarios policiales, quienes obraron a posteriori previa instrucción del fiscal adjunto de turno de la Fiscalía Local de Melipilla, tras recibir correctamente la información entregada por los mentados funcionarios, sin que la decisión de no perseverar del ente persecutor, sea por sí misma un antecedente por el cual puedan calificarse de errada o arbitrarias las actuaciones de Carabineros de Chile como tampoco del Ministerio Público.
La resolución agrega que del examen de los antecedentes fácticos reseñados en el fundamento tercero de esta sentencia es posible concluir que el comportamiento imputado al Ministerio Público dista de poder ser conceptuado como injustificadamente erróneo o arbitrario, pues, tal como lo establecen los jueces del grado, su actuación no fue fruto de un error manifiesto carente de todo sustento racional, sino que se fundó en antecedentes con los que contó el ente persecutor.
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