En fallo unánime.
CS rechaza oposición por registro de marca de cigarrillos.
El máximo Tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo deducido por empresa tabacalera Philip Morris Brands Sarl.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó la demanda de oposición de registro de la marca de cigarrillos "Dunboro".
La sentencia sostiene que el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, rechazó la oposición presentada a la solicitud de MR. Shamdath Ragoebier, por cuanto si bien los signos en conflicto comparten el segmento final "BORO", la sustitución del fragmento inicial "MARL" por "DUN", resulta determinante para conferirle una estructura gráfica y fonética diferente frente al signo del opositor, lo que es fácilmente apreciable por el consumidor, por lo que se puede presumir su coexistencia pacífica en el mercado, sin que pueda advertirse cómo el signo pedido podría ser inductivo a error o confusión, en relación a la cualidad, el género o el origen de la cobertura a distinguir.
La resolución agrega que por su parte, el Tribunal de Propiedad Industrial confirmó la sentencia de primera instancia, coincidiendo en la decisión, por cuanto entre los signos "DUMBORO" (sic) y "MARLBORO" existen evidentes diferencias gráficas y fonéticas, dado que la fama y notoriedad de la marca "MARLBORO", la que se reconoce, no inhibe el registro de marcas que sean disímiles, lo que concurre en la especie, considerando además que la requerida ya posee registros en el extranjero, como se encuentra acreditado en autos.
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